Mostrando las entradas para la consulta Narváez ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta Narváez ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

La Constitución de 1845, por Eduardo Montagut

"[...] Narváez seguía fusilando, deseoso de obtener un orden perfecto; pero a medida que disminuía en España el número de los vivos, el orden se alejaba más, cubriéndose el rostro con un velo muy lúgubre. Era una delicia en aquellos días ser español; y ser madrileño, con la añadidura de haber pertenecido a la Milicia Nacional, más delicioso aún. A un pobre sastre de la calle de Toledo, llamado Gil, que al paso de los polizontes calle abajo tiró desde el piso tercero un ladrillo sin descalabrar a nadie, le cogieron, y por primera providencia le fusilaron despiadadamente. ¡Pobre Gil! ¡Quizás pensaría, cuando le llevaban a la muerte, que con su sangre y la de otros escribían los moderados la Constitución despótica llamada del 45, y que toda aquella sangre reviviría en la Historia produciendo al fin la resurrección de los hombres sacrificados!"

Bodas Reales. Episodios nacionales (Tercera serie)
Benito Pérez Galdós


La Constitución de 1845 o el triunfo del liberalismo moderado
por Eduardo Montagut
El 23 de mayo de 1845 se votó y aprobó la Constitución de 1845, texto constitucional fundamental para entender el reinado de Isabel II, y que más tiempo estuvo en vigor, entre ese año y 1869 cuando se promulgó la Constitución de 1869, de signo democrático, después del triunfo de la Revolución Gloriosa. En 1852 hubo un intento de reforma constitucional de signo muy conservador y luego, en el Bienio Progresista (1854-1856) se pretendió aprobar, sin éxito, otro texto constitucional de signo, evidentemente, progresista.

La Constitución de 1845 sustituyó a la anterior de 1837. La Constitución de 1845 supone el triunfo pleno de las tesis del liberalismo moderado o doctrinario, aunque ya había mucho de esta tendencia política en el texto constitucional anterior. En el poder se encontraban los moderados que monopolizaron la escena política española durante una década (1844-1854), emprendiéndose la construcción del Estado liberal en una versión conservadora, partiendo de la Constitución de 1845 y aprobando un conjunto de leyes y reformas que abarcaron casi todos los campos: administración, hacienda, educación, orden público, relaciones con la Iglesia, etc.

Narváez accedió al poder después de la caída de Espartero, el último regente, cerrando el turbulento período de las Regencias. La reina adolescente
Isabel II se convertía en mayor de edad. En ese primer momento los moderados iniciaron un debate interno sobre la necesidad o no de plantear una reforma constitucional. Había tres sectores. El sector más conservador o reaccionario quería acabar completamente con lo establecido en la Constitución de 1837, crear una especie de Carta Otorgada o volver al Estatuto Real de 1834 que, en realidad, era una mera convocatoria de Cortes bicamerales. En esta tendencia destacaban Bravo Murillo, que luego sería el protagonista de la pretendida reforma autoritaria de la Constitución de 1845 en 1852, Egaña y el marqués de Viluma. En el otro extremo estarían los “puritanos” de Pacheco y Río Rosas. Éstos pretendían no tocar la Constitución de 1837 porque valoraban que había sido fruto del consenso entre los moderados y los progresistas, permitiendo que pudieran alternarse en el poder, generando estabilidad. Pero esta opción, que luego podemos rastrear en la creación de la Unión Liberal y en las futuras ideas de Cánovas del Castillo, no dominaba en el seno del Partido Moderado, que pretendía casi monopolizar el poder. Al final, ganaría la propuesta de la reforma constitucional, defendida por Alejandro Mon, un político fundamental en materia económica y fiscal de la época, y José Pidal. Narváez apoyó esta tendencia, y salió adelante el cambio.

Las nuevas Cortes que elaboraron la Constitución no fueron Constituyentes, sino Ordinarias. Los moderados dominaron todo el proceso, al monopolizar la Comisión encargada de preparar el texto constitucional. Se dio el caso de que el propio ejecutivo controló su elaboración. Estas circunstancias explican, junto con la ideología del liberalismo doctrinario, la esencia de la nueva Constitución que abandonó el principio de la soberanía nacional por el de la soberanía compartida.

Efectivamente, la soberanía nacional desaparecía porque el origen del poder pasaba a estar compartido entre las Cortes y el Rey, que eran quienes tendrían la potestad de hacer las leyes. La Corona se convirtió en un poder fundamental en el liberalismo español porque, además, controlaba al gobierno, ya que nombraba y separaba al presidente del consejo de ministros. También tenía la iniciativa legal y podía disolver las Cortes. La idea era convertir a la Corona en un poder moderador ante las disputas políticas de los partidos pero, en realidad, ese objetivo no se cumplió nunca durante el reinado de
Isabel II porque la institución entró claramente en el combate político y siempre a favor de la tendencia moderada o conservadora del liberalismo español.

El Senado se convirtió en una cámara fundamental dentro del legislativo. Sus miembros serían personalidades dotadas de una determinada renta y el nombramiento sería real y vitalicio. Este tipo de Senado debía permitir a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.


Palacio del Senado tras reforma de Álvarez Bouquel
(Grabado de mediados del siglo XIX)

Por su parte, el Congreso de los Diputados sería elegido a través de una ley electoral muy restrictiva.  Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegido. La ley establecía que podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas. El sufragio censitario fue uno de los pilares del liberalismo español, tanto moderado como progresista, aunque en este caso menos restrictivo, ya que su base electoral estaba en la pequeña burguesía. Solamente el liberalismo democrático batallaría por el sufragio universal. El sufragio censitario se justificaba porque solamente los que tenían dinero y formación podrían dedicarse a la política, ya que, además, eran los únicos que tenían tiempo para hacerlo frente al resto de la población masculina que debía dedicarse a trabajar.


En cuestión de administración territorial se estipulaba la existencia de diputaciones provinciales y ayuntamientos, elegidos los últimos por los vecinos a los que la ley les confería este derecho, es decir, según lo que dispusiera la ley electoral. Otras leyes debían determinar el tipo de intervención del gobierno en estas corporaciones. El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la organización del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social. El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros, pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

El Estado liberal estableció la obligación de todos los ciudadanos de contribuir en proporción a sus ingresos para los gastos del Estado. En este sentido, los moderados hicieron la primera gran reforma fiscal de la época liberal, la reforma Mon-Santillán, que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad pero, sobre todo, indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales. En última instancia, por lo tanto, el esfuerzo fiscal recayó en los más necesitados. Tampoco se hizo un gran esfuerzo para evitar el fraude y la evasión fiscal de los más poderosos.

En materia de derechos se recogían los mismos que en la Constitución de 1837. El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los interés de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX menos en la época del Sexenio Democrático. En este sentido, las libertades individuales se supeditaban al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendieron a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de seguridad con misiones civiles pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.


Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil

En cuestión religiosa se declaraba que la católica, apostólica y romana era la oficial de la nación española. El Estado adquiría la responsabilidad y obligación de mantener el culto y la Iglesia. En materia religiosa los moderados siempre defendieron el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica y las políticas de los progresistas. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados, pero suspendió las ventas que no se habían realizado y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, esta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

Si quieres recibir un aviso cada vez que publiquemos un artículo de Historia del siglo XIX en CITA EN LA GLORIETA, mándanos un mensaje a través del mail de CONTACTO, indicando "Siglo XIX".

Muchas gracias por visitar La Glorieta.

Javier Alonso García-Pozuelo


*** 

Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

La Constitución de 1845, por Eduardo Montagut

"[...] Narváez seguía fusilando, deseoso de obtener un orden perfecto; pero a medida que disminuía en España el número de los vivos, el orden se alejaba más, cubriéndose el rostro con un velo muy lúgubre. Era una delicia en aquellos días ser español; y ser madrileño, con la añadidura de haber pertenecido a la Milicia Nacional, más delicioso aún. A un pobre sastre de la calle de Toledo, llamado Gil, que al paso de los polizontes calle abajo tiró desde el piso tercero un ladrillo sin descalabrar a nadie, le cogieron, y por primera providencia le fusilaron despiadadamente. ¡Pobre Gil! ¡Quizás pensaría, cuando le llevaban a la muerte, que con su sangre y la de otros escribían los moderados la Constitución despótica llamada del 45, y que toda aquella sangre reviviría en la Historia produciendo al fin la resurrección de los hombres sacrificados!"

Bodas Reales. Episodios nacionales (Tercera serie)
Benito Pérez Galdós


La Constitución de 1845 o el triunfo del liberalismo moderado
por Eduardo Montagut
El 23 de mayo de 1845 se votó y aprobó la Constitución de 1845, texto constitucional fundamental para entender el reinado de Isabel II, y que más tiempo estuvo en vigor, entre ese año y 1869 cuando se promulgó la Constitución de 1869, de signo democrático, después del triunfo de la Revolución Gloriosa. En 1852 hubo un intento de reforma constitucional de signo muy conservador y luego, en el Bienio Progresista (1854-1856) se pretendió aprobar, sin éxito, otro texto constitucional de signo, evidentemente, progresista.

La Constitución de 1845 sustituyó a la anterior de 1837. La Constitución de 1845 supone el triunfo pleno de las tesis del liberalismo moderado o doctrinario, aunque ya había mucho de esta tendencia política en el texto constitucional anterior. En el poder se encontraban los moderados que monopolizaron la escena política española durante una década (1844-1854), emprendiéndose la construcción del Estado liberal en una versión conservadora, partiendo de la Constitución de 1845 y aprobando un conjunto de leyes y reformas que abarcaron casi todos los campos: administración, hacienda, educación, orden público, relaciones con la Iglesia, etc.

Narváez accedió al poder después de la caída de Espartero, el último regente, cerrando el turbulento período de las Regencias. La reina adolescente
Isabel II se convertía en mayor de edad. En ese primer momento los moderados iniciaron un debate interno sobre la necesidad o no de plantear una reforma constitucional. Había tres sectores. El sector más conservador o reaccionario quería acabar completamente con lo establecido en la Constitución de 1837, crear una especie de Carta Otorgada o volver al Estatuto Real de 1834 que, en realidad, era una mera convocatoria de Cortes bicamerales. En esta tendencia destacaban Bravo Murillo, que luego sería el protagonista de la pretendida reforma autoritaria de la Constitución de 1845 en 1852, Egaña y el marqués de Viluma. En el otro extremo estarían los “puritanos” de Pacheco y Río Rosas. Éstos pretendían no tocar la Constitución de 1837 porque valoraban que había sido fruto del consenso entre los moderados y los progresistas, permitiendo que pudieran alternarse en el poder, generando estabilidad. Pero esta opción, que luego podemos rastrear en la creación de la Unión Liberal y en las futuras ideas de Cánovas del Castillo, no dominaba en el seno del Partido Moderado, que pretendía casi monopolizar el poder. Al final, ganaría la propuesta de la reforma constitucional, defendida por Alejandro Mon, un político fundamental en materia económica y fiscal de la época, y José Pidal. Narváez apoyó esta tendencia, y salió adelante el cambio.

Las nuevas Cortes que elaboraron la Constitución no fueron Constituyentes, sino Ordinarias. Los moderados dominaron todo el proceso, al monopolizar la Comisión encargada de preparar el texto constitucional. Se dio el caso de que el propio ejecutivo controló su elaboración. Estas circunstancias explican, junto con la ideología del liberalismo doctrinario, la esencia de la nueva Constitución que abandonó el principio de la soberanía nacional por el de la soberanía compartida.

Efectivamente, la soberanía nacional desaparecía porque el origen del poder pasaba a estar compartido entre las Cortes y el Rey, que eran quienes tendrían la potestad de hacer las leyes. La Corona se convirtió en un poder fundamental en el liberalismo español porque, además, controlaba al gobierno, ya que nombraba y separaba al presidente del consejo de ministros. También tenía la iniciativa legal y podía disolver las Cortes. La idea era convertir a la Corona en un poder moderador ante las disputas políticas de los partidos pero, en realidad, ese objetivo no se cumplió nunca durante el reinado de
Isabel II porque la institución entró claramente en el combate político y siempre a favor de la tendencia moderada o conservadora del liberalismo español.

El Senado se convirtió en una cámara fundamental dentro del legislativo. Sus miembros serían personalidades dotadas de una determinada renta y el nombramiento sería real y vitalicio. Este tipo de Senado debía permitir a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.


Palacio del Senado tras reforma de Álvarez Bouquel
(Grabado de mediados del siglo XIX)

Por su parte, el Congreso de los Diputados sería elegido a través de una ley electoral muy restrictiva.  Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegido. La ley establecía que podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas. El sufragio censitario fue uno de los pilares del liberalismo español, tanto moderado como progresista, aunque en este caso menos restrictivo, ya que su base electoral estaba en la pequeña burguesía. Solamente el liberalismo democrático batallaría por el sufragio universal. El sufragio censitario se justificaba porque solamente los que tenían dinero y formación podrían dedicarse a la política, ya que, además, eran los únicos que tenían tiempo para hacerlo frente al resto de la población masculina que debía dedicarse a trabajar.


En cuestión de administración territorial se estipulaba la existencia de diputaciones provinciales y ayuntamientos, elegidos los últimos por los vecinos a los que la ley les confería este derecho, es decir, según lo que dispusiera la ley electoral. Otras leyes debían determinar el tipo de intervención del gobierno en estas corporaciones. El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la organización del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social. El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros, pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

El Estado liberal estableció la obligación de todos los ciudadanos de contribuir en proporción a sus ingresos para los gastos del Estado. En este sentido, los moderados hicieron la primera gran reforma fiscal de la época liberal, la reforma Mon-Santillán, que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad pero, sobre todo, indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales. En última instancia, por lo tanto, el esfuerzo fiscal recayó en los más necesitados. Tampoco se hizo un gran esfuerzo para evitar el fraude y la evasión fiscal de los más poderosos.

En materia de derechos se recogían los mismos que en la Constitución de 1837. El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los interés de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX menos en la época del Sexenio Democrático. En este sentido, las libertades individuales se supeditaban al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendieron a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de seguridad con misiones civiles pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.


Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil

En cuestión religiosa se declaraba que la católica, apostólica y romana era la oficial de la nación española. El Estado adquiría la responsabilidad y obligación de mantener el culto y la Iglesia. En materia religiosa los moderados siempre defendieron el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica y las políticas de los progresistas. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados, pero suspendió las ventas que no se habían realizado y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, esta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

Si quieres recibir un aviso cada vez que publiquemos un artículo de Historia del siglo XIX en CITA EN LA GLORIETA, mándanos un mensaje a través del mail de CONTACTO, indicando "Siglo XIX".

Muchas gracias por visitar La Glorieta.

Javier Alonso García-Pozuelo


*** 

Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

«La Década Moderada (1844-1854)», por Eduardo Montagut

Cedió la palabra don Feliciano a un alabardero, que con noticias frescas del asesino, por haber oído sus primeras declaraciones, fue acometido por los curiosos insaciables. «Es español -nos dijo-, riojano por más señas, y cura. Se llama Martín Merino; dijo misa esta mañana. Al salir de su casa juró que no volvería sin matar a la Reina, o a la Reina madre, o a Narváez...». Nada consternó tanto a mi señor suegro como que el asesino fuera real y efectivo sacerdote, con la agravante sacrílega de haber celebrado aquella mañana; y cuando el alabardero, y otro que vino detrás, dijeron que Merino era exclaustrado y había vivido en Francia muchos años, desempeñando un curato, rompió en estas o parecidas exclamaciones: «¿No lo decía yo? ¡Enciclopedia, demagogia, con su poco de Espíritu del Siglo, cosas que no existían en España cuando ésta era una Nación de caballeros, que no mataban a sus reyes, sino que por ellos morían!».
Episodios nacionales (IV serie)
La revolución de Julio (Capítulo I
)

Benito Pérez Galdós

Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX en España escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut.
 


LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)
Eduardo Montagut
La principal figura política de la primera década del reinado de Isabel II fue el general Narváez. Estableció un sistema de fuerte autoritarismo que intentó frenar a las clases sociales desfavorecidas y proporcionó la estabilidad necesaria para que la burguesía pudiera enriquecerse, en línea con lo que hacían otros regímenes políticos europeos contemporáneos. La Constitución de esta época, y que estuvo en vigor hasta el Sexenio Democrático, con la salvedad del corto período del bienio progresista, fue la que se promulgó en 1845. Se trata de un texto constitucional, cuyas principales características son las siguientes: soberanía compartida entre las Cortes y la Corona, limitación de derechos, especialmente los de imprenta y reunión, bicameralismo (Congreso y Senado, siendo los senadores de designación real), convocados por el rey, supresión de la Milicia nacional, catolicismo oficial, y un sufragio censitario muy restrictivo.
 

Los gobiernos de la Década moderada emprendieron una intensa actividad legislativa para asentar las bases del Estado Liberal según sus planteamientos. En relación con la organización territorial se mantuvo la división provincial de Javier de Burgos, pero se estableció en cada provincia la figura del gobernador civil. Los alcaldes pasaron a ser designados por el rey en los grandes municipios, o por los gobernadores en los pequeños. Se reorganizó la instrucción pública centralizándose, perdiendo la Iglesia su monopolio en esta materia. Esta centralización se basó en el establecimiento de planes de estudios iguales para toda España. En teoría, la educación primaria era destinada para todo el pueblo, aunque a la Secundaria solamente pudieron acceder las clases medias. En esta época se aprobó la Ley de José Pidal de 1845.

Se pretendió crear una burocracia con la Ley de Funcionarios, que fijó el sistema de acceso a los cuerpos de la administración y el sistema de ascensos en virtud de la antigüedad y los méritos.

En materia fiscal se aprobó la Ley de Alejandro Mon y Ramón de Santillán de 1845, que pretendía sanear la maltrecha hacienda española. Se reformó el sistema tributario: creación de nuevos impuestos, elaboración de un plan para su cobro y un sistema de contabilidad para comprobar con rigor los ingresos y gastos del Estado. La Ley estableció dos tipos de impuestos: los directos e indirectos. El impuesto indirecto sobre el consumo de bienes fue fuente constante de problemas sociales porque gravaba los productos de primera necesidad.

Los moderados tenían en el mantenimiento del orden público una de sus grandes prioridades. Elaboraron un nuevo Código Penal (1848), que con sucesivas reformas ha llegado hasta los años noventa del pasado siglo. También, crearon la Guardia Civil, cuerpo militar pero con funciones civiles de mantenimiento del orden en el medio rural.
 

Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil
En otro orden de cosas, destacaría la preocupación por las obras públicas, especialmente en el gobierno de Juan Bravo Murillo (1851-53): caminos, Ley de ferrocarriles, Ley de puertos, canalización del Ebro y del Lozoya.

Aunque los moderados no dieron marcha atrás en relación con la desamortización emprendida con Mendizábal y los progresistas, intentaron recomponer las relaciones con la Iglesia Católica. En 1851 firmaron un Concordato con la Santa Sede. El Estado reconocía a la religión católica como la única de la nación española, se aceptó la inspección eclesiástica del sistema educativo para adecuarlo a la moral católica, se reconoció el derecho de la Iglesia a adquirir bienes aunque tuvo que aceptar las ventas ya hechas por la desamortización, se permitió la existencia de órdenes religiosas masculinas y se creó la contribución de “culto y clero”, lo que suponía que el Estado iba a mantener a la Iglesia a través de sus presupuestos.

La Década moderada entró en crisis en 1854, muy vinculada a la profusión de casos de corrupción, especialmente los relacionados con la construcción del ferrocarril. Además, la situación económica de crisis alentó la tensión social. Bravo Murillo reaccionó gobernando con más dureza, por lo que la presión de la oposición se radicalizó.
 

Como el sufragio era censitario y el sistema electoral estaba manipulado, los progresistas utilizaron el procedimiento del pronunciamiento para acceder al poder. El 28 de junio de 1854 se dio la Vicalvarada, poniendo fin a la Década Moderada.


Si quieres recibir un aviso cada vez que publiquemos un artículo de Historia del siglo XIX en CITA EN LA GLORIETA, mándanos un mensaje a través del formulario de CONTACTO, indicando "Siglo XIX".

Muchas gracias por visitar La Glorieta.

es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

El Canal de Isabel II (y Bravo Murillo)

EL CANAL DE ISABEL II (Y BRAVO MURILLO)
Javier Alonso García-Pozuelo
A mediados del siglo XIX, salvo en las pocas fincas que dispusiesen de pozos, el agua de consumo de la inmensa mayoría de la población de Madrid -de unos 200.000 habitantes- provenía de las fuentes públicas y era acarreada hasta las viviendas o bien por los propios vecinos o, más frecuentemente, por los aguadores, que por entonces rondaban el millar. El agua de esas fuentes procedía de los manantiales subterráneos y era conducida hasta ellas por el sistema de los viajes de agua (introducido en la Península por los árabes).

Ya desde el siglo XV el suministro de agua a los habitantes de Madrid fue problemático (el agua del río Manzanares era poco aprovechable, tanto por el bajo caudal como por el desnivel respecto a la población), pero lo fue más con el crecimiento que experimentó Madrid tras la elección por Felipe II como Corte de España. 

Con el notable crecimiento demográfico del siglo XIX, el sistema de los viajes de agua se reveló claramente insuficiente, sobre todo en los meses de verano, de ahí que desde la década de los cuarenta se comenzase a hablar de la conducción de las aguas a la capital desde alguno de los ríos cercanos, a fin de asegurar el caudal durante el estío. En 1848 Bravo Murillo, ministro de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, nombró una comisión para que se estudiara la viabilidad de la traída de agua a la capital desde alguno de los ríos cercanos y, después de varios proyectos, el río elegido para abastecer de agua a la Villa y Corte fue el Lozoya

La obra para la traída de las aguas, el denominado Canal de Isabel II (la aportación económica de Isabel II a la suscripción abierta para financiar el proyecto fue decisiva para que se pudiese  llevar a cabo), comenzó en agosto de 1851, siendo presidente del consejo de ministros Juan Bravo Murillo, con la construcción de la presa del Pontón de la Oliva). Durante 7 años, cerca de 2.000 operarios, la mayoría de ellos presos que así redimieron parte de la pena, trabajaron en duras condiciones para construir un canal de más de 70 kilómetros de longitud.
 
Construcción de la presa del Pontón de la Oliva
( Tomada de: "Vistas de las obras del Canal de Isabel II
fotografiadas por Clifford".
Madrid, Canal de Isabel II, 1988.)


Con la solemne inauguración de la fuente de la calle Ancha de San Bernardo, el 24 de junio de 1858, se culminaba la colosal obra de ingeniería del Canal de Isabel II dirigida por el ingeniero Lucio del Valle. La traída de las aguas del Lozoya a Madrid palió en buena parte la carestía secular en los meses de sequía y fue uno de los mayores exponentes de ese periodo al que Pedro Antonio de Alarcón bautizó como la «Edad de Oro de las Obras Públicas». Es una obra colosal a la que ha quedado unido para la posteridad el nombre de Isabel II, aunque no debemos olvidar que si se llevo a cabo, a pesar de los innumerables detractores que tuvo en un principio, fue por el empeño de Juan Bravo Murillo. Pero en 1858, cuando se inauguró, muchas tormentas políticas habían llovido desde aquel lejano 1848 en el que Bravo Murillo, siendo ministro de Comercio, Instrucción y Obras Públicas, consideró prioritario la traída de aguas a la capital. Y cuando el 24 de junio de 1858,  a eso de las ocho y media de la tarde, la reina Isabel II contemplaba desde el pabellón real instalado en la calle Ancha de San Bernardo la inauguración de la nueva red de aguas de abastecimiento de Madrid, Bravo Murillo, quien no había recibido invitación para el evento, lo hacía mezclado entre el expectante vecindario que asistió al acto.
 
Fuente de calle Ancha de San Bernardo
(www.viendomadrid.com)

Si Narváez fue el militar más representativo del Partido Moderado, la mano dura del partido a la que recurrió Isabel II cuando soplaban aires de revolución, Juan Bravo Murillo fue una de las figuras civiles más destacadas del reinado de Isabel II. En contraste con Narváez, el Espadón de Loja, Bravo Murillo no solo no era militar sino que, siendo presidente del consejo de ministros (el equivalente al presidente del gobierno actual) intentó hacer un recorte en el presupuesto de gasto militar. Como era de esperar, el elemento militar del partido moderado hizo todo lo posible para que la reina le retirase su apoyo. Pero no solo los militares del partido maquinaron contra él. Bravo Murillo fue un político de hechos al que no le gustaban nada las discusiones bizantinas en el Congreso ni el componente de espectáculo de los debates parlamentarios. De ahí su fama de antiparlamentario y de ahí que muchos de los que cifraban todas sus esperanzas de medrar en que su elocuencia en el hemiciclo tuviese eco en la prensa, no viesen con buenos ojos a un presidente que quería administrar el país de espaldas al Parlamento. Bravo Murillo no tuvo muchos apoyos, ni siquiera entre los miembros de su propio partido. A pesar de eso, sus apenas dos años de gobierno son de los más fructíferos del siglo, y todos, incluso sus más acérrimos enemigos, estuvieron de acuerdo en que fue uno de los políticos más honrados de su época. Sólo por eso, por su honradez, merece ser recordado más a menudo. Al menos cuando se habla del Canal de Isabel II (y Bravo Murillo, lo rebautizaría yo). Que sea cierta o apócrifa la anécdota que nos ha llegado de que no fue invitado al acto es lo de menos. La política española del XIX es perfectamente compatible con esta injusticia.
 
Juan Bravo Murillo
- José Gutiérrez de la Vega (1848) -
Museo del Prado

***

Javier Alonso en Monterrey, México
Fotografía: Víctor Eduardo Hernández
es licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid, y diplomado en Cooperación Internacional por la Universidad Complutense de Madrid. Ha ejercido durante más de una década como profesor de salud pública además de trabajar como redactor, corrector y editor de textos científicos. Actualmente reside en Santo Domingo donde compagina su pasión por la literatura con su cargo como director académico para Latinoamérica en la escuela internacional AMIR. En los  últimos años ha impartido varios seminarios de Creación Literaria, Nacimiento de la Novela Policíaca, Historia del Siglo XIX y Lectura Crítica tanto en España como en diversos países de Latinoamérica. En febrero de 2017 publicó con Ediciones MAEVA, La cajita de rapé, una novela policíaca ambientada en el Madrid de Isabel II de la que se han escrito decenas de reseñas -que puedes leer en Cita en la Glorieta, el blog colaborativo de historia y literatura que Javier dirige y edita- y que ha sido nominada a la mejor novela negra de autor novel en el Festival Morella Negra como la Trufa. A raíz de la publicación de su primera novela, ha participado en festivales de novela negra, en ferias del libro y en diversos clubes de lectura. Ha formado parte del jurado de diversos certámenes literarios, entre ellos el I Premio Tristán Solarte a la mejor novela negra publicada en el año 2018 en Panamá. En febrero de 2018 se publicó una edición en bolsillo de La cajita de rapé, (EmBolsillo, 2018) y actualmente se distribuye, además de en España, en varios países de Latinoamérica (Ecuador, Colombia, México, Panamá...). El 2021 saldrá a la venta su segunda novela, también protagonizada por el madrileño inspector Benítez.