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El Congreso Obrero de 1865 en Barcelona, por Eduardo Montagut

–Aún necesitamos recabar más información, pero sospechamos que podía tener escondido en su cuarto a alguien.
–¿Y en qué sustentan esa sospecha?
–En su habitación se oía con frecuencia hablar quedo a dos personas, aunque luego nunca se ha visto salir de ella a nadie que no fuese Vilanova. Además varios vecinos nos han dicho que últimamente se le veía bajar a descargar el orinal a las letrinas que hay en el patio con mucha frecuencia y a horas poco habituales.
–De acuerdo, había alguien escondido en su cuarto. Tal vez uno de los cómplices del robo.
–Pensamos que podía tratarse de alguien perseguido por motivos políticos, concretamente alguno de los cabecillas que consiguieron escapar de Andalucía tras los sucesos de Loja. Por las fechas en que comenzaron a oírse las voces, varios prófugos de la revuelta entraron en Madrid. Que Vilanova simpatiza con su doctrina parece más que probable. Por sus lecturas, porque frecuenta lugares donde se suelen reunir miembros del partido democrático y porque en la misma vecindad dicen que en cuanto tiene ocasión se pone a perorar sobre las sociedades de socorros mutuos, la unión de los obreros y cosas por el estilo.
–Pueden darse los dos extremos, inspector, que tuviese escondido a algún agitador socialista y que entre ambos hayan organizado un golpe para financiar su secta. Si mañana a primera hora no está de vuelta, registraremos su cuarto a ver qué se encuentra.
La cajita de rapé (Maeva, 2017)
Javier Alonso García-Pozuelo
Os ofrecemos un nuevo artículo de historia escrito por Eduardo Montagut. Puedes acceder a todos los artículos del profesor Montagut publicados, con su permiso, en CITA EN LA GLORIETA, pinchando AQUÍ.
 

El Congreso Obrero de 1865 en Barcelona
Eduardo Montagut
El Congreso Obrero de Barcelona fue el primero de los que se organizaron en España, aunque solamente reuniría a sociedades obreras catalanas. Los congresos obreros en el siglo XIX son un aspecto fundamental de la historia del movimiento obrero español, donde se reunían representantes de sociedades, secciones, sindicatos y federaciones de trabajadores, y donde se discutía de ideología, estrategias sindicales y/o políticas y de aspectos organizativos, por lo que queda demostrada su importancia en lo que referimos.

Al parecer, el origen de estos Congresos estaría en la Junta Central de Directores de la Clase obrera, que se celebró en enero de 1855, en plena explosión del Bienio Progresista, con representantes de hasta treinta sociedades obreras, que acordaron dotarse de una organización y hasta eligieron una dirección para intervenir en los conflictos laborales ante la autoridad. Pero el fin del Bienio Progresista supuso un frenazo para las organizaciones obreras, que tuvieron que funcionar en la clandestinidad. En todo caso, en 1862 se fundaría el Ateneo Catalán de la Clase Obrera, vinculado en sus inicios con el progresismo catalán. En 1864 se avanzó con el permiso de la máxima autoridad militar en Cataluña para que pudieran funcionar con relativa facilidad las sociedades obreras. Fue la puerta a la creación de El Obrero en septiembre de ese año, periódico fundamental del movimiento obrero en Cataluña, y de La Asociación.



Trabajadoras de fábrica textil catalana
(siglo XIX)

El Obrero estaba dirigido por Antonio Gusart i Vida. Su objetivo era defender los intereses del proletariado y luchar para conseguir el reconocimiento pleno del derecho de asociación en un sentido doble: para crear sociedades de resistencia, es decir, sindicatos, pero también sociedades de producción y consumo, es decir, para cooperativas.
El Obrero nacía en el seno del universo socialista del Partido Demócrata, en esta fase en la que todavía no había una clara conciencia separada o propia de la emancipación obrera, al vincularse con los sectores más a la izquierda o progresistas del universo demócrata y republicano.

La importancia de
El Obrero en esta historia del Congreso de 1865 reside en que su convocatoria surgió en el seno de sus páginas, con el fin de coordinar las sociedades obreras.
 

El Congreso se celebró en diciembre, y reunió representantes de 22 sociedades obreras catalanas con unos trescientos delegados, una cifra muy interesante en estos inicios. El Congreso reclamó el derecho de asociación y reivindicó el cooperativismo. En el Congreso tuvo un destacado protagonismo Gusart. La exposición al gobierno o manifiesto se publicaría en El Obrero el 7 de enero de 1866.
Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

La movilización socialista de las lavanderas madrileñas en 1910, por Eduardo Montagut

[...] Benítez aguza el oído. Nada de interés. Una mujer preguntando a otra por el precio del carbón en los almacenes de su calle. Una mujer que muy probablemente no sepa leer ni escribir, pero que a buen seguro sabrá mucho de cuentas, sobre todo de restas. Otra lavandera de no menos de cincuenta veranos se lamenta a pleno pulmón de que, desde que su hijo ha sacado la suerte de soldado en la última quinta y ha tenido que dejar la tahona donde trabajaba, se las ven y se las desean para poder pagar al casero los domingos. «Este pícaro Madrid está hecho sólo pa los ricos, Colasa», sentencia una que aparenta cinco o seis años más que la del hijo recluta. «No, si entovía te quejarás –reprocha la más veterana de las lavanderas–. Pos tú, Niceta, cuando pagas a un mozo de cuerda pa que te traiga y te lleve la ropa, será poique no estás tan malamente». [...]
La cajita de rapé (Maeva, 2017)
Javier Alonso García-Pozuelo
 
La movilización socialista de las lavanderas madrileñas en 1910. 
Eduardo Montagut
La labor de los Grupos socialistas femeninos ha sido estudiada, entre otros autores, por Rosa María Capel en un trabajo fundamental titulado “Mujer y Socialismo. 1848-1939”. Por el mismo, sabemos que los estatutos de la Agrupación Femenina Socialista de Madrid se aprobaron en 1910, como una adaptación de los que regían para la Agrupación Socialista Madrileña. Estos estatutos planteaban los objetivos fundamentales de los grupos socialistas femeninos que se estaban creando por España: educar a la mujer para el ejercicio de sus derechos y la práctica de sus deberes según lo que establecía el socialismo, pero, además, fomentar la organización social de las mujeres, y luchar para conseguir la aprobación de leyes a favor del trabajo femenino e infantil.

Estos Grupos Femeninos pretendían, en palabras de la historiadora citada, acercar el socialismo a las mujeres y las mujeres al socialismo, aunque hubo diferencias de interpretación, algunas de una clara defensa del feminismo, y otras todavía muy ancladas en la mentalidad tradicional al considerar que debían ser escuelas de madres y esposas.
Rosa María Capel hace un esfuerzo para estudiar cómo eran y cómo funcionaban, a pesar de la falta de documentación existente. Pero aquí nos interesa más la parte de acción. Sabemos, siempre siguiendo a la autora, que eran grupos claramente vinculados a la estrategia política y social del Partido y del Sindicato, pero eso no quiere decir que los Grupos no tuvieran autonomía y criterio propio. Abarcaron tareas sindicales, solidarias, educativas, culturales, políticas, ideológicas y propagandísticas. El Grupo de Madrid estaba muy vinculado con los sindicatos femeninos que estaban en la Casa del Pueblo, como los de lavanderas, planchadoras, sastras, etc. Siempre apoyó sus reivindicaciones, luchas y huelgas. En este contexto nos acercamos a uno de los primeros actos de movilización socialista femenina.


Lavanderas
- Casimiro Sainz (1878)-

El mitin para lavanderas se celebró el domingo 13 de noviembre de 1910 a las tres de la tarde en la Casa del Pueblo de Madrid, y fue organizado por la Agrupación Femenina Socialista y la Sociedad de Lavanderas. El mitin era calificado de propaganda “societaria y socialista”, es decir, que versó sobre la importancia de la asociación de las trabajadoras en línea con las ideas del socialismo. El mitin fue presidido por el compañero Reyes, la compañera Taboada y la presidenta de la Sociedad de Lavanderas.

La primera oradora, de nombre Brígida, por las lavanderas y planchadoras, recomendó la necesidad de la asociación de las trabajadoras para contener las “demasías de los burgueses”. El compañero y miembro de las Juventudes Socialistas, Arroyo, se dedicó a exponer las ventajas de la organización como único medio para que la mujer alcanzase la educación necesaria para que pudiera ser libre. Agustina Marcos, también de las Juventudes, intentó advertir que las mujeres no debían fiarse de los “políticos burgueses”, aunque anunciasen que iban a legislar a favor de las mujeres, debiendo sólo hacerlo de su propia fuerza, en línea con la tradicional defensa socialista del protagonismo del obrero en su emancipación.

A continuación, intervino Francisca Vega Montes de la Agrupación Femenina. Vega fue una de las luchadoras más intensas que tuvo el sindicalismo socialista durante su larguísima vida. Bordadora y activa en la Sociedad de Obreras del Vestido y Planchadoras de la UGT, ingresó en junio de 1910 en la Agrupación Femenina Socialista de Madrid, en la que tuvo distintas responsabilidades directivas. Muchos años después llegaría a ingresar en la Masonería. Pues bien, en línea con su alto compromiso, Francisca Vega le dio un mayor contenido ideológico y político al mitin, ya que insistió en que las trabajadoras no debían contentarse con la lucha en el sindicato de su oficio, sino que debían preocuparse de la política en clave socialista.

Por su parte, Micaela Cervera disertó sobre la explotación que se producía en los conventos-talleres donde se practicaban métodos crueles.

También intervino Maeso, y creemos que se refiere a José Maeso Granados, activísimo sindicalista vinculado al sector de la madera y la carpintería, y que desempeñó distintas responsabilidades en la UGT y en el PSOE. Maeso insistió en la necesidad de la organización.

Por fin, Galán denunció la labor de las Sociedades de damas católicas, en línea con la denuncia de los conventos-talleres, porque, aunque propagaban la caridad, explotaban a las trabajadoras.

El resumen del mitin se publicó en el número 1289 de “El Socialista”, fuente que hemos consultado, además del Diccionario Biográfico del Socialismo Español para ampliar el conocimiento de los protagonistas de aquel acto, sin olvidar la cita al trabajo de
Rosa María Capel, harto recomendable para los interesados en la compleja relación entre mujer y socialismo hasta la Guerra Civil. (En “Pasado y Memoria, Revista de Historia Contemporánea, 7, 2008, págs. 101-122).

«Fundamentos del catalanismo en el XIX: las Bases de Manresa», por Eduardo Montagut

Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut y Javier Alonso García-Pozuelo. Puedes acceder a todos los artículos publicados hasta la fecha pinchando AQUÍ.

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Fundamentos del catalanismo en el XIX: las Bases de Manresa. 
Eduardo Montagut
Las Bases de Manresa constituyen uno de los documentos más importantes en la Historia del catalanismo. En este trabajo estudiaremos su gestación, además de incluir un extracto del texto.

El catalanismo se encontraba articulado a mediados de la década de los años ochenta del siglo XIX en el Centre Català, pero hacia 1887 entró en una profunda crisis motivada por el enfrentamiento entre la corriente progresista de raíz federal defendida por Valentí Almirall, y la más plenamente catalanista y moderada en torno al diario La Reinaxença. En el seno de esta corriente había surgido una obra harto conservadora, Los fueros de Cataluña de Josep Coroleu y Josep Pella i Forgas. El libro defendía que solamente los padres de familia tuvieran derecho al sufragio. Más conservadora era aún su defensa de que solamente los catalanes nacidos en el Principado pudieran gozar de todos los derechos. Cataluña, por su parte, solamente tendría un carácter católico excluyente. Los autores hacían una profunda crítica al Estado liberal español, a todas sus Constituciones, a sus reyes y al que consideraban el jacobinismo de sus políticos.

Esta corriente se salió del Centre en noviembre de 1887 para fundar la Lliga de Catalunya. A esta organización se sumaron los jóvenes, algo menos conservadores, del Centro Escolar Catalanista, y que terminarían por ser los prohombres del catalanismo posterior que, aunque conservador, se alejó del tradicionalismo referido anteriormente: Francesc Cambó, Enric Prat de la Riba y Josep Puig i Cadafalch. La Lliga se convirtió en la organización catalanista más activa, como lo demostraría su actuación en los Jocs Florals de 1888. En ese momento presentó un segundo Memorial de Greuges a la Reina Regente donde se hacía una serie de demandas: Cortes catalanas propias, el catalán como lengua oficial de Cataluña, enseñanza del catalán, creación de un tribunal supremo propio, servicio militar voluntario y que la Corona jurara las constituciones fundamentales de Cataluña.
 

En 1891, la Lliga de Catalunya tomó una iniciativa importante, la creación de la Unión Catalanista, que fue apoyada por diversas entidades, publicaciones y destacadas personalidades. En marzo de 1892 se celebró su primera asamblea en la localidad de Manresa, presidida por Lluís Domenech i Montaner, siendo el secretario Enric Prat de la Riba. 


Allí se discutieron y aprobaron unas bases para la Constitución regional de Cataluña, las conocidas como Bases de Manresa, documento casi inaugural del catalanismo. La comisión encargada de su redacción fue presidida por el sacerdote Josep Torras i Bages.

Las Bases establecieron un proyecto autonomista y no independentista, moderado y que intentaba entroncar con las leyes o libertades perdidas en 1714.
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Las Bases de Manresa (extracto)
Poder central
Base 1ª. Sus atribuciones.

a. Las relaciones internacionales.
b. El ejército de mar y tierra, las obras de defensa y la enseñanza militar.
c. Las relaciones económicas de España con los aranceles y el ramo de Aduanas.
d. La construcción, y conservación de carreteras, ferrocarriles, canales y puertos que sean de interés general.
e. La resolución de todas las cuestiones y conflictos interregionales.
f. La formación del presupuesto anual de gastos.

Poder regional

Base 3
ª. La lengua catalana será la única que, con carácter oficial, podrá utilizarse en Cataluña y en las relaciones de esta región con el Poder Central.

Base 4
ª. Sólo los catalanes, lo sean por nacimiento o por virtud de naturalización, podrán desempeñar en Cataluña cargos públicos, incluso tratándose de gobernativos y administrativos que dependan del Poder central. También deberán ser ejercidos por catalanes los cargos militares que comporten jurisdicción. 
Base 5ª. La división territorial sobre la que se desarrolla la gradación jerárquica de los Poderes gubernativos, administrativos y judiciales, tendrá por fundamento la comarca natural y el municipio.
 Base 6ª. Cataluña será la única soberana de su gobierno interior. Por lo tanto, dictará libremente sus leyes orgánicas; cuidará de su legislación civil, penal, mercantil, administrativa y procesal; del establecimiento y percepción de impuestos; de la acuñación de moneda, y tendrá todas las demás atribuciones inherentes a la soberanía que no correspondan al Poder central, según la Base 1ª. 
Base 7ª. El Poder legislativo Regional radicará en las Cortes Catalanas, que deberán reunirse todos los años en época determinada y en lugar diferente. Las Cortes serán formadas por sufragio de todos los cabezas de familia agrupados en clases fundadas en el trabajo manual, en la capacidad o en las carreras profesionales y en la propiedad, industria y comercio, mediante la correspondiente organización gremial en lo que sea posible. 
Base 8ª. El Poder judicial se organizará restableciendo la antigua Audiencia de Cataluña. Su presidente y vicepresidentes, nombrados por las Cortes, constituirán la suprema autoridad judicial de la Región, y se establecerán los Tribunales inferiores que sean necesarios, debiendo ser fallados en un período de tiempo determinado, y en última instancia dentro de Cataluña, todos los pleitos y causas. Se organizarán jurisdicciones especiales como la industrial y la del comercio. Los funcionarios del orden judicial serán responsables. 
Base 9ª. Ejercerán el Poder ejecutivo cinco o siete altos funcionarios nombrados por las Cortes, los cuales estarán al frente de las diversas ramas de la administración regional. 
Base 13ª. La conservación del orden público y seguridad interiores de Cataluña serán confiadas al sometent, y para el servicio activo permanente se creará un cuerpo semejante al de los Mossos d'Esquadra o de la Guardia Civil. Todas esas fuerzas dependerán por entero del Poder regional. 
Base 15ª. La enseñanza pública, en sus diferentes ramas y grados, tendrá que organizarse de una manera adecuada a las necesidades y carácter de la civilización de Cataluña. La enseñanza primaria será sufragada por el municipio, y, en su defecto, por la comarca; en cada una de ellas, según sea su carácter agrícola, industrial, comercial, etc., deberán establecerse escuelas prácticas de agricultura, de artes y oficios, de comercio, etc. Deberá informar de los planes de enseñanza, el principio de división y especialización de las carreras, evitando la enseñanza enciclopédica.
 Base 16ª. La Constitución Catalana y los derechos de los catalanes estarán bajo la salvaguarda del Poder ejecutivo catalán, y cualquier ciudadano podrá interponer demanda ante los tribunales contra los funcionarios que la infringieren.

Manresa, 27 de marzo 1892. 

- El Presidente, Lluís DOMÉNECH I MONTANER. 
- Los secretarios, Enric PRAT DE LA RIBA, Josep SOLER I PALET.
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Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

«El liberalismo doctrinario en España», por Eduardo Montagut

[...] los diputados de la oposición gritarán esta tarde, hasta quedarse afónicos, contra la cruel persecución a que ha sido sometida la prensa desde que a principios del pasado mes de mayo fueran suspendidas por real decreto las sesiones de Cortes. En la mente de todos, a buen seguro, estará la interminable relación de multas, recogida de periódicos, causas judiciales y encarcelamientos, ocurridos merced a una ley de imprenta, la de Cándido Nocedal, predecesor en el Ministerio de Gobernación de don José Posada Herrera; una ley contra la que tanto se quejaron quienes hoy son gobierno, quienes tienen en su mano derogarla.
La cajita de rapé (Maeva, 2017)
Javier Alonso García-Pozuelo

Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut. En este trabajo el profesor Montagut nos explica las ideas y planteamientos del liberalismo doctrinario o moderado: uno de los dos grandes bloques del liberalismo en la España de Isabel II.
 


EL LIBERALISMO DOCTRINARIO EN ESPAÑA
Eduardo Montagut
Durante el reinado de Isabel II se produjo la división del liberalismo en dos grandes tendencias, la moderada y la progresista, aunque su origen debe rastrearse en el Trienio Liberal. En este artículo intentaremos acercarnos a las ideas y planteamientos de la primera opción que, sin grandes variaciones, terminarían siendo las del conservadurismo posterior en tiempos de la Restauración.

El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los intereses de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX, menos en la época del Sexenio Democrático en que se apostó por dos modelos más democráticos, la Monarquía de Amadeo I y la Primera República.

El moderantismo supeditaba las libertades al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendió a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo con misiones civiles pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.



Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil

El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la construcción del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social.  El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. 

Ministerio de Gobernación en la Puerta del Sol de Madrid
(¿1860?)
Fuente: Biblioteca Nacional de España

El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido, es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

Frente al principio liberal de la soberanía nacional, el liberalismo doctrinario aportaba el de la soberanía compartida entre las Cortes, representantes de la nación, y la Corona, que era la encarnación de la Historia. Este hecho permitía un gran poder a la segunda. La Constitución de 1845 otorgaba a la Corona la iniciativa legal, el nombramiento y separación de ministros y el poder para disolver las Cortes. El bicameralismo establecía una cámara alta, el Senado, cuyos miembros eran nombrados por el rey. Este hecho permitía a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.
 

Juan Bravo Murillo
- José Gutiérrez de la Vega (1848) -
Museo del Prado

El liberalismo moderado era partidario del más restrictivo sufragio censitario. Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegida. La ley electoral de la Década Moderada establecía que solamente podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas.

En materia religiosa siempre defendió el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados pero suspendió las ventas y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, ésta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

Los moderados diseñaron la reforma fiscal liberal que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad pero, sobre todo, indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales.

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«El sufragio censitario en la Europa del XIX», por Eduardo Montagut

–El problema de España, señor Quesada –prosigue Espigado, tras dar una larga chupada a su pipa–, es que el régimen constitucional no ha traído a la nación la tan cacareada igualdad por la que miles de compatriotas murieron en las provincias del norte. Dígame si no, ¿quiénes tienen hoy derecho a voto? Únicamente los varones con dinero. ¿Quiénes se libran de incorporarse a filas? Pues los muchachos cuyos padres pueden afrontar el pago de un seguro de quintas. ¿Quiénes se beneficiaron de la venta de los bienes del clero? ¿Los labradores, tal vez? No, muy señor mío. Los que sacaron buena tajada de la desamortización de bienes eclesiásticos fueron los que tenían dinero con el que comprar las gangas de los frailes. Muchos de ellos, fervientes católicos que, a la hora de la verdad, no tuvieron reparos en lucrarse gracias al herejote de Mendizábal.
La cajita de rapé (Maeva, 2017)
Javier Alonso García-Pozuelo
Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut. En este trabajo el profesor Montagut estudia la significación del sufragio censitario en la Europa decimonónica.
 


EL SUFRAGIO CENSITARIO EN LA EUROPA DEL XIX
Eduardo Montagut
En la primera mitad del siglo XIX, los Estados que fueron adoptando el sistema liberal frente al absolutismo optaron por restringir el sufragio, es decir, por establecer el sufragio censitario, en línea con el triunfo de la versión más moderada o doctrinaria del liberalismo. Eso no quiere decir que no hubiera casos tempranos de sufragio universal, pero la burguesía aprendió la lección de las etapas más democráticas de la Revolución Francesa y de otras experiencias revolucionarias para terminar por adoptar el sufragio censitario. Efectivamente, esta restricción en la participación política obedecía al compromiso de la burguesía con la nobleza para estabilizar el reciente triunfo de la Revolución Liberal, impidiendo el acceso de la mayor parte de la población a los plenos derechos políticos, después de cerrarse los ciclos revolucionarios en 1848, ya que las clases populares buscaban la democratización del sistema político y la adopción de políticas sociales que entraban en colisión con los intereses de los que ahora pasaban a dirigir y monopolizar los asuntos públicos. Sabemos que los mecanismos para impedir el acceso al sufragio pasaban por establecer dos requisitos, íntimamente relacionados, el de la capacidad (titulación universitaria) y el de la propiedad o rentas (cuantificable a través de la contribución fiscal).

Una de las justificaciones más ajustadas del sufragio censitario se encuentra en la obra Principios de Política (1815) del escritor francés Benjamin Constant:

“Ha observado muy bien un célebre escritor que, cuando los no-propietarios obtienen derechos políticos, ocurre una de estas tres cosas: o no reciben impulso más que de sí mismos y entonces destruyen la sociedad; o reciben el del hombre o de los hombres que están en el poder, siendo entonces instrumentos de tiranía; o reciben el de los aspirantes al poder y son entonces instrumentos de bandería. Precísase, pues, condiciones de propiedad, tanto para los electores como para los elegibles. No quisiera perjudicar ni ofender a las clases laboriosas. (...) Frecuentemente están dispuestas a los más heroicos sacrificios, y su abnegación es tanto más admirable cuanto que no es recompensada ni por la fortuna ni por la gloria. Pero entiendo que el patriotismo que da el valor de morir por su patria es distinto del que hace capaz de conocer bien sus intereses. Se requiere, pues, otra condición, además del nacimiento o la mayoría de edad. Dicha condición es el ocio, indispensable a la adquisición de la cultura y el recto criterio. Sólo la propiedad hace a los hombres capacitados para el ejercicio de los derechos políticos.”

El texto es sumamente interesante porque plantea varias ideas propias de la versión más moderada del liberalismo en relación con la participación política. Para el autor, el pueblo no podía tener derechos políticos porque podría destruir la sociedad cuando se movía por sus propios impulsos, o porque era fácilmente manipulable por los que tuvieran el poder o aspirasen al mismo, quizás pensando en líderes políticos que en la experiencia revolucionaria francesa pudieron adoptar una estrategia política que hubiera pasado por relacionarse con las masas. Esta sería la primera razón para exigir el requisito de propiedad para ser ciudadano activo, es decir, para poder elegir y ser elegido.

El pueblo había sido necesario para conquistar el poder, pero era, por las razones aducidas, incapaz para gestionarlo. Para eso había que contar con tiempo libre, con el ocio al que aludía Constant, condición necesaria para adquirir cultura, conocimientos. La propiedad permitía ese ocio, y ese tiempo libre proporcionaba formación. Así pues, propiedad y capacidad, los dos requisitos básicos para poder acceder al sufragio y para poder ser elegido, como expresamos anteriormente.

Además de los requisitos plenamente censitarios, se impusieron límites de edad, y que variaban según el país. En general, eran más altos al principio, como los 30 años que se exigían en Dinamarca en 1848. Pero triunfó más la edad de 25 como media, como se comprueba en Italia (1861), Bélgica (1893) y Noruega (1897). Los Países Bajos bajaron más la edad, hasta 23 años en 1850.

Por fin, debe recordarse que el sufragio, tanto cuando era censitario como en la primera etapa del universal, estaba vetado a las mujeres
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