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La Constitución de 1845, por Eduardo Montagut

"[...] Narváez seguía fusilando, deseoso de obtener un orden perfecto; pero a medida que disminuía en España el número de los vivos, el orden se alejaba más, cubriéndose el rostro con un velo muy lúgubre. Era una delicia en aquellos días ser español; y ser madrileño, con la añadidura de haber pertenecido a la Milicia Nacional, más delicioso aún. A un pobre sastre de la calle de Toledo, llamado Gil, que al paso de los polizontes calle abajo tiró desde el piso tercero un ladrillo sin descalabrar a nadie, le cogieron, y por primera providencia le fusilaron despiadadamente. ¡Pobre Gil! ¡Quizás pensaría, cuando le llevaban a la muerte, que con su sangre y la de otros escribían los moderados la Constitución despótica llamada del 45, y que toda aquella sangre reviviría en la Historia produciendo al fin la resurrección de los hombres sacrificados!"

Bodas Reales. Episodios nacionales (Tercera serie)
Benito Pérez Galdós


La Constitución de 1845 o el triunfo del liberalismo moderado
por Eduardo Montagut
El 23 de mayo de 1845 se votó y aprobó la Constitución de 1845, texto constitucional fundamental para entender el reinado de Isabel II, y que más tiempo estuvo en vigor, entre ese año y 1869 cuando se promulgó la Constitución de 1869, de signo democrático, después del triunfo de la Revolución Gloriosa. En 1852 hubo un intento de reforma constitucional de signo muy conservador y luego, en el Bienio Progresista (1854-1856) se pretendió aprobar, sin éxito, otro texto constitucional de signo, evidentemente, progresista.

La Constitución de 1845 sustituyó a la anterior de 1837. La Constitución de 1845 supone el triunfo pleno de las tesis del liberalismo moderado o doctrinario, aunque ya había mucho de esta tendencia política en el texto constitucional anterior. En el poder se encontraban los moderados que monopolizaron la escena política española durante una década (1844-1854), emprendiéndose la construcción del Estado liberal en una versión conservadora, partiendo de la Constitución de 1845 y aprobando un conjunto de leyes y reformas que abarcaron casi todos los campos: administración, hacienda, educación, orden público, relaciones con la Iglesia, etc.

Narváez accedió al poder después de la caída de Espartero, el último regente, cerrando el turbulento período de las Regencias. La reina adolescente
Isabel II se convertía en mayor de edad. En ese primer momento los moderados iniciaron un debate interno sobre la necesidad o no de plantear una reforma constitucional. Había tres sectores. El sector más conservador o reaccionario quería acabar completamente con lo establecido en la Constitución de 1837, crear una especie de Carta Otorgada o volver al Estatuto Real de 1834 que, en realidad, era una mera convocatoria de Cortes bicamerales. En esta tendencia destacaban Bravo Murillo, que luego sería el protagonista de la pretendida reforma autoritaria de la Constitución de 1845 en 1852, Egaña y el marqués de Viluma. En el otro extremo estarían los “puritanos” de Pacheco y Río Rosas. Éstos pretendían no tocar la Constitución de 1837 porque valoraban que había sido fruto del consenso entre los moderados y los progresistas, permitiendo que pudieran alternarse en el poder, generando estabilidad. Pero esta opción, que luego podemos rastrear en la creación de la Unión Liberal y en las futuras ideas de Cánovas del Castillo, no dominaba en el seno del Partido Moderado, que pretendía casi monopolizar el poder. Al final, ganaría la propuesta de la reforma constitucional, defendida por Alejandro Mon, un político fundamental en materia económica y fiscal de la época, y José Pidal. Narváez apoyó esta tendencia, y salió adelante el cambio.

Las nuevas Cortes que elaboraron la Constitución no fueron Constituyentes, sino Ordinarias. Los moderados dominaron todo el proceso, al monopolizar la Comisión encargada de preparar el texto constitucional. Se dio el caso de que el propio ejecutivo controló su elaboración. Estas circunstancias explican, junto con la ideología del liberalismo doctrinario, la esencia de la nueva Constitución que abandonó el principio de la soberanía nacional por el de la soberanía compartida.

Efectivamente, la soberanía nacional desaparecía porque el origen del poder pasaba a estar compartido entre las Cortes y el Rey, que eran quienes tendrían la potestad de hacer las leyes. La Corona se convirtió en un poder fundamental en el liberalismo español porque, además, controlaba al gobierno, ya que nombraba y separaba al presidente del consejo de ministros. También tenía la iniciativa legal y podía disolver las Cortes. La idea era convertir a la Corona en un poder moderador ante las disputas políticas de los partidos pero, en realidad, ese objetivo no se cumplió nunca durante el reinado de
Isabel II porque la institución entró claramente en el combate político y siempre a favor de la tendencia moderada o conservadora del liberalismo español.

El Senado se convirtió en una cámara fundamental dentro del legislativo. Sus miembros serían personalidades dotadas de una determinada renta y el nombramiento sería real y vitalicio. Este tipo de Senado debía permitir a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.


Palacio del Senado tras reforma de Álvarez Bouquel
(Grabado de mediados del siglo XIX)

Por su parte, el Congreso de los Diputados sería elegido a través de una ley electoral muy restrictiva.  Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegido. La ley establecía que podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas. El sufragio censitario fue uno de los pilares del liberalismo español, tanto moderado como progresista, aunque en este caso menos restrictivo, ya que su base electoral estaba en la pequeña burguesía. Solamente el liberalismo democrático batallaría por el sufragio universal. El sufragio censitario se justificaba porque solamente los que tenían dinero y formación podrían dedicarse a la política, ya que, además, eran los únicos que tenían tiempo para hacerlo frente al resto de la población masculina que debía dedicarse a trabajar.


En cuestión de administración territorial se estipulaba la existencia de diputaciones provinciales y ayuntamientos, elegidos los últimos por los vecinos a los que la ley les confería este derecho, es decir, según lo que dispusiera la ley electoral. Otras leyes debían determinar el tipo de intervención del gobierno en estas corporaciones. El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la organización del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social. El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros, pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

El Estado liberal estableció la obligación de todos los ciudadanos de contribuir en proporción a sus ingresos para los gastos del Estado. En este sentido, los moderados hicieron la primera gran reforma fiscal de la época liberal, la reforma Mon-Santillán, que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad pero, sobre todo, indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales. En última instancia, por lo tanto, el esfuerzo fiscal recayó en los más necesitados. Tampoco se hizo un gran esfuerzo para evitar el fraude y la evasión fiscal de los más poderosos.

En materia de derechos se recogían los mismos que en la Constitución de 1837. El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los interés de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX menos en la época del Sexenio Democrático. En este sentido, las libertades individuales se supeditaban al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendieron a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de seguridad con misiones civiles pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.


Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil

En cuestión religiosa se declaraba que la católica, apostólica y romana era la oficial de la nación española. El Estado adquiría la responsabilidad y obligación de mantener el culto y la Iglesia. En materia religiosa los moderados siempre defendieron el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica y las políticas de los progresistas. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados, pero suspendió las ventas que no se habían realizado y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, esta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

Si quieres recibir un aviso cada vez que publiquemos un artículo de Historia del siglo XIX en CITA EN LA GLORIETA, mándanos un mensaje a través del mail de CONTACTO, indicando "Siglo XIX".

Muchas gracias por visitar La Glorieta.

Javier Alonso García-Pozuelo


*** 

Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

La Constitución de 1845, por Eduardo Montagut

"[...] Narváez seguía fusilando, deseoso de obtener un orden perfecto; pero a medida que disminuía en España el número de los vivos, el orden se alejaba más, cubriéndose el rostro con un velo muy lúgubre. Era una delicia en aquellos días ser español; y ser madrileño, con la añadidura de haber pertenecido a la Milicia Nacional, más delicioso aún. A un pobre sastre de la calle de Toledo, llamado Gil, que al paso de los polizontes calle abajo tiró desde el piso tercero un ladrillo sin descalabrar a nadie, le cogieron, y por primera providencia le fusilaron despiadadamente. ¡Pobre Gil! ¡Quizás pensaría, cuando le llevaban a la muerte, que con su sangre y la de otros escribían los moderados la Constitución despótica llamada del 45, y que toda aquella sangre reviviría en la Historia produciendo al fin la resurrección de los hombres sacrificados!"

Bodas Reales. Episodios nacionales (Tercera serie)
Benito Pérez Galdós


La Constitución de 1845 o el triunfo del liberalismo moderado
por Eduardo Montagut
El 23 de mayo de 1845 se votó y aprobó la Constitución de 1845, texto constitucional fundamental para entender el reinado de Isabel II, y que más tiempo estuvo en vigor, entre ese año y 1869 cuando se promulgó la Constitución de 1869, de signo democrático, después del triunfo de la Revolución Gloriosa. En 1852 hubo un intento de reforma constitucional de signo muy conservador y luego, en el Bienio Progresista (1854-1856) se pretendió aprobar, sin éxito, otro texto constitucional de signo, evidentemente, progresista.

La Constitución de 1845 sustituyó a la anterior de 1837. La Constitución de 1845 supone el triunfo pleno de las tesis del liberalismo moderado o doctrinario, aunque ya había mucho de esta tendencia política en el texto constitucional anterior. En el poder se encontraban los moderados que monopolizaron la escena política española durante una década (1844-1854), emprendiéndose la construcción del Estado liberal en una versión conservadora, partiendo de la Constitución de 1845 y aprobando un conjunto de leyes y reformas que abarcaron casi todos los campos: administración, hacienda, educación, orden público, relaciones con la Iglesia, etc.

Narváez accedió al poder después de la caída de Espartero, el último regente, cerrando el turbulento período de las Regencias. La reina adolescente
Isabel II se convertía en mayor de edad. En ese primer momento los moderados iniciaron un debate interno sobre la necesidad o no de plantear una reforma constitucional. Había tres sectores. El sector más conservador o reaccionario quería acabar completamente con lo establecido en la Constitución de 1837, crear una especie de Carta Otorgada o volver al Estatuto Real de 1834 que, en realidad, era una mera convocatoria de Cortes bicamerales. En esta tendencia destacaban Bravo Murillo, que luego sería el protagonista de la pretendida reforma autoritaria de la Constitución de 1845 en 1852, Egaña y el marqués de Viluma. En el otro extremo estarían los “puritanos” de Pacheco y Río Rosas. Éstos pretendían no tocar la Constitución de 1837 porque valoraban que había sido fruto del consenso entre los moderados y los progresistas, permitiendo que pudieran alternarse en el poder, generando estabilidad. Pero esta opción, que luego podemos rastrear en la creación de la Unión Liberal y en las futuras ideas de Cánovas del Castillo, no dominaba en el seno del Partido Moderado, que pretendía casi monopolizar el poder. Al final, ganaría la propuesta de la reforma constitucional, defendida por Alejandro Mon, un político fundamental en materia económica y fiscal de la época, y José Pidal. Narváez apoyó esta tendencia, y salió adelante el cambio.

Las nuevas Cortes que elaboraron la Constitución no fueron Constituyentes, sino Ordinarias. Los moderados dominaron todo el proceso, al monopolizar la Comisión encargada de preparar el texto constitucional. Se dio el caso de que el propio ejecutivo controló su elaboración. Estas circunstancias explican, junto con la ideología del liberalismo doctrinario, la esencia de la nueva Constitución que abandonó el principio de la soberanía nacional por el de la soberanía compartida.

Efectivamente, la soberanía nacional desaparecía porque el origen del poder pasaba a estar compartido entre las Cortes y el Rey, que eran quienes tendrían la potestad de hacer las leyes. La Corona se convirtió en un poder fundamental en el liberalismo español porque, además, controlaba al gobierno, ya que nombraba y separaba al presidente del consejo de ministros. También tenía la iniciativa legal y podía disolver las Cortes. La idea era convertir a la Corona en un poder moderador ante las disputas políticas de los partidos pero, en realidad, ese objetivo no se cumplió nunca durante el reinado de
Isabel II porque la institución entró claramente en el combate político y siempre a favor de la tendencia moderada o conservadora del liberalismo español.

El Senado se convirtió en una cámara fundamental dentro del legislativo. Sus miembros serían personalidades dotadas de una determinada renta y el nombramiento sería real y vitalicio. Este tipo de Senado debía permitir a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.


Palacio del Senado tras reforma de Álvarez Bouquel
(Grabado de mediados del siglo XIX)

Por su parte, el Congreso de los Diputados sería elegido a través de una ley electoral muy restrictiva.  Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegido. La ley establecía que podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas. El sufragio censitario fue uno de los pilares del liberalismo español, tanto moderado como progresista, aunque en este caso menos restrictivo, ya que su base electoral estaba en la pequeña burguesía. Solamente el liberalismo democrático batallaría por el sufragio universal. El sufragio censitario se justificaba porque solamente los que tenían dinero y formación podrían dedicarse a la política, ya que, además, eran los únicos que tenían tiempo para hacerlo frente al resto de la población masculina que debía dedicarse a trabajar.


En cuestión de administración territorial se estipulaba la existencia de diputaciones provinciales y ayuntamientos, elegidos los últimos por los vecinos a los que la ley les confería este derecho, es decir, según lo que dispusiera la ley electoral. Otras leyes debían determinar el tipo de intervención del gobierno en estas corporaciones. El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la organización del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social. El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros, pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

El Estado liberal estableció la obligación de todos los ciudadanos de contribuir en proporción a sus ingresos para los gastos del Estado. En este sentido, los moderados hicieron la primera gran reforma fiscal de la época liberal, la reforma Mon-Santillán, que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad pero, sobre todo, indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales. En última instancia, por lo tanto, el esfuerzo fiscal recayó en los más necesitados. Tampoco se hizo un gran esfuerzo para evitar el fraude y la evasión fiscal de los más poderosos.

En materia de derechos se recogían los mismos que en la Constitución de 1837. El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los interés de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX menos en la época del Sexenio Democrático. En este sentido, las libertades individuales se supeditaban al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendieron a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de seguridad con misiones civiles pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.


Francisco Javier Girón y Ezpeleta
II duque de Ahumada
Primer Director General de la Guardia Civil

En cuestión religiosa se declaraba que la católica, apostólica y romana era la oficial de la nación española. El Estado adquiría la responsabilidad y obligación de mantener el culto y la Iglesia. En materia religiosa los moderados siempre defendieron el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica y las políticas de los progresistas. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados, pero suspendió las ventas que no se habían realizado y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, esta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

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Javier Alonso García-Pozuelo


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Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

El Pacto de Ostende, por Eduardo Montagut

Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut y Javier Alonso García-Pozuelo. Puedes acceder a todos los artículos publicados hasta la fecha pinchando AQUÍ.

***

El Pacto de Ostende
por Eduardo Montagut
En la Historia contemporánea de España, tan pródiga en enfrentamientos y falta de entendimientos, también se han producido pactos y acercamientos entre distintas formaciones y tendencias políticas. En este artículo abordamos el conocido como Pacto de Ostende, fundamental para que se produjera un importante cambio político en España en la segunda mitad de la década de los años sesenta.

El Pacto de Ostende -firmado el 16 de agosto de 1866 en la ciudad belga en el Flandes Occidental del mismo nombre- supone, como avanzábamos, un hecho fundamental en el proceso de crisis final del régimen isabelino en España, al unir a los progresistas y demócratas en el empeño de derribar dicho régimen, y al que se incorporaría la Unión Liberal, una vez fallecido el general O’Donnell.

El Pacto nació a raíz del fracaso de la sublevación del Cuartel de San Gil en el mes de junio de 1866. La reina destituyó a O’Donnell al considerar que había sido demasiado condescendiente con los sublevados, aunque no debemos olvidar que se fusiló a 66 de ellos. El Cuartel de San Gil era de Artillería y fueron los sargentos los protagonistas de la insurrección, y padecieron la represión, junto con algunos soldados. En efecto,
O’Donnell intentó hacer ver a Isabel II la necesidad de no derramar tanta sangre.Isabel II optó por la solución más conservadora, recurriendo, una vez más a Narváez y los moderados. Esa opción autoritaria generó una profunda crisis en el régimen político, ya que la Unión Liberal, recién apeada del poder, consideró que no podía seguir siendo alternativa de poder, por lo que el partido optó por hacer lo que se denominó el “vacío en Palacio”. El propio O’Donnell, desengañado con la reina, decidió un exilio en Biarritz, pero, en realidad, no quería ir más allá. Por un lado, deseaba manifestar a la Corona su disgusto, pero no quería acercarse a los progresistas de Prim, precisamente por la sublevación, organizada por ellos.

Los progresistas y demócratas consideraron que era conveniente aunar fuerzas si se quería terminar con la Monarquía de
Isabel II, a pesar de las diferencias ideológicas que existían entre ambas formaciones. No olvidemos que el Partido Demócrata nació en 1849 de una escisión del Progresista, al defender un programa basado en el reconocimiento del sufragio universal, el desarrollo de los derechos, y el inicio de políticas de cierto calado social a favor de los más desfavorecidos, especialmente en relación con la educación. El acercamiento ya había comenzado antes de la sublevación de San Gil, en el año anterior pero no había avanzado. Pero la situación precipitó la necesidad de limar asperezas sobre unos mínimos. Efectivamente, el Pacto se consiguió sobre dos puntos. En primer lugar, “destruir lo existente en las altas esferas del poder”, y, en segundo lugar, la creación de un gobierno provisional y la elección de una cámara constituyente por sufragio universal directo para definir el nuevo régimen político. La virtud del acuerdo residía en la ambigüedad del primer punto, ya que permitía que se pudieran sumar otras fuerzas políticas o personalidades destacadas descontentas con el estado de cosas en España. Ese fue el caso de la propia Unión Liberal después de la desaparición de O’Donnell a principios de noviembre de 1867, el principal obstáculo para incorporar a la formación centrista a la oposición real. En marzo de 1868 Prim firmó con Serrano, que había sustituido al fallecido en la dirección del partido, un acuerdo por el que se sumaba al Pacto de Ostende. La Unión Liberal aceptaba terminar con el reinado, buscar otra dinastía, y entrar en un proceso constituyente. La figura de Serrano es un tanto peculiar en este asunto. Había sido protagonista indiscutible en la represión de la sublevación de San Gil, lo que le valió altos honores, pero se enemistó con el gobierno porque había sido arrestado al encabezar una petición a la reina para la reapertura de las Cortes, además de que, al parecer, y siguiendo a Josep Fontana, veía con preocupación sus intereses económicos en la empresa de Ferrocarriles del Norte, en plena crisis de estas compañías y que arrastraron a bancos y sociedades financieras. Esta crisis financiera había comenzado en el otoño de 1864. Fue una crisis con novedades propias del capitalismo, derivadas de la especulación, pero con otra faceta de crisis de subsistencias, más vinculada a la persistencia de una economía muy atrasada, y aún agrícola. Como no podía de ser de otra manera, los problemas económicos serían un factor fundamental a la hora de explicar el final del régimen liberal isabelino.

El Pacto de Ostende generó una estructura para su desarrollo. Se crearía una especie de comité con
Prim, Cristino Martos y Salustiano Olózaga como principales protagonistas.
 

Juan Prim en 1869

El Pacto de Ostende, después de diversos ensayos de pronunciamientos, todos fallidos, terminaría cuajando en la práctica con la Revolución Gloriosa de septiembre de 1868, y que abriría una nueva e intensa etapa, conocida como el Sexenio Democrático.

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Javier Alonso García-Pozuelo 
 

Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

Republicanos españoles a fines del XIX, por Eduardo Montagut

Os ofrecemos una nueva entrega de Historia del Siglo XIX escrita para CITA EN LA GLORIETA por Eduardo Montagut y Javier Alonso García-Pozuelo. Puedes acceder a todos los artículos publicados hasta la fecha pinchando AQUÍ.

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Republicanos españoles a fines del XIX, por Eduardo Montagut
Duramente reprimidos en los inicios de la Restauración borbónica, los republicanos tardaron mucho en recuperarse del fracaso de la Primera República. Los factores que pueden ayudarnos a entender los problemas que tuvieron para poder articular una clara alternativa política, cuando cedió la represión canovista, tienen que ver con la división interna en tendencias y grupos, muy vinculados al liderazgo personal, y organizados en comités para la época de las elecciones. En realidad, esto no les separaba mucho de la forma organizativa de los partidos dinásticos o monárquicos, pero no tenían el apoyo del sistema del turnismo diseñado por Cánovas, y eran víctimas del fraude electoral sobre el que se sustentaba el edificio institucional de la Restauración. En todo caso, los principales líderes republicanos consiguieron siempre un cierto apoyo electoral, especialmente en el ámbito urbano, que les permitió entrar en el Congreso de los Diputados.

Otra causa muy importante a tener en cuenta a la hora de comprender las dificultades del republicanismo español en el último tercio del siglo XIX tiene que ver con la pérdida de dos importantes bases sociales: la obrera y la de una parte de la burguesía. El movimiento obrero terminó por divorciarse de la causa estrictamente republicana para abrazar el anarquismo o el socialismo. Las burguesías periféricas, muy implicadas políticamente, encontraron otro cauce de expresión en los partidos regionalistas o nacionalistas. El caso catalán fue paradigmático, aunque el republicanismo siguió teniendo peso en Barcelona.



Barcelona, proclamación de la república.
Plaza de San Jaime
(Pellicer)

Cuando se aprobó el sufragio universal gracias al gobierno liberal los republicanos comenzaron a tener más respaldo electoral. En los años noventa consiguieron aumentar su representación parlamentaria, en torno a una veintena de escaños como media en cada legislatura. En las ciudades comenzaron a contar con más apoyo social. En 1892 consiguieron un sonado éxito electoral en las elecciones municipales, especialmente en Madrid y en otras capitales de provincia.

En el seno del republicanismo español del último cuarto del siglo XIX se pueden apreciar tres grandes corrientes. En primer lugar, estarían los federalistas, liderados por Pi i Margall. Además de por su apuesta federal para organizar el Estado se inclinaron hacia posturas socializantes y hallaron cierto eco en sectores populares de Cataluña y Valencia. Se organizaron en el Partido Republicano Federal, y fueron muy activos a través de la prensa y las publicaciones. Los federalistas no colaboraron nunca con el nuevo sistema político, pero renunciaron al empleo de métodos violentos o conspirativos.

Los unionistas estaban liderados por Nicolás Salmerón, que regresó a España con la amnistía de 1881. Salmerón salió elegido diputado en 1883, y luego de forma ininterrumpida entre 1893 y 1907. Los unionistas formaron el Partido Centralista (1891). Eran partidarios de la unidad territorial y política del Estado, y su base social se encontraba entre la burguesía ilustrada y progresista.

Los radicales crearon el Partido Republicano Progresista, dirigido desde el exilio por Manuel Ruiz Zorrilla, destacado político de la época de Amadeo de Saboya. Eran partidarios de la insurrección y protagonizaron algunas hasta la muerte de su líder en 1895. Este sector republicano terminó por tener una escasa implantación social.

Por fin, habría que citar a los posibilistas, cuyo principal líder era Emilio Castelar. El último presidente de la Primera República había formado un partido republicano conservador, en línea con sus ideas y con la política que había protagonizado. Castelar quería participar en el nuevo sistema político, de ahí su posibilismo. Cuando se dieron las condiciones para hacerlo, es decir, cuando Sagasta aprobó el sufragio universal y la Ley del jurado, decidió disolver el partido, y muchos de sus miembros ingresaron en el Partido Liberal.

La división del republicanismo se intentó superar en el inicio del nuevo siglo con la creación de la Unión Republicana. Ya en 1893 y en 1900 se habían dado alianzas electorales que reportaron éxitos. Los republicanos pretendían terminar con los enfrentamientos y el atomismo para poder presentar una clara alternativa. Nicolás Salmerón y Alejandro Lerroux fueron sus impulsores. El programa de la UR pasaba por recuperar la Constitución de 1869 en lo relativo a los derechos y organización de la administración, pero bajo la fórmula republicana y no monárquica. Habría que cambiar el sistema político con una convocatoria a Cortes Constituyentes. La UR fue un éxito porque unió las tendencias republicanas, aunque con el Partido Republicano Federal solamente se alcanzó una alianza electoral. La UR obtuvo un gran resultado electoral en 1905 al conseguir treinta escaños del Congreso, gracias a su implantación en Madrid, Barcelona y Valencia.

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Javier Alonso García-Pozuelo 

Eduardo Montagut (Madrid, 1965)
es Doctor en Historia por la UAM y profesor de Secundaria en un Instituto de Alcalá de Henares en la especialidad de Geografía e Historia. Socio de las ilustradas Reales Sociedades de Amigos del País de Madrid y Bascongada, pertenece también a la ARMH, y mantiene un constante compromiso por la memoria histórica. Pertenece al Grupo de Memoria Histórica del PSOE y tiene la responsabilidad de Educación, Cultura y Memoria Histórica en la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Chamartín (PSOE-M). Colabora diariamente en diversos medios digitales con artículos de Historia y Política. Tiene publicados un libro sobre los árboles y la Ilustración, y diversos artículos sobre la enseñanza de la agricultura en los siglos XVIII y XIX, así como, sobre Historia social.

Entrevistas a Javier Alonso García-Pozuelo

Rincón Literario SER Madrid Sur. Chema Contreras

"Cuando cae en mis manos una novela que viaja por las calles de Madrid, describiendo unos personajes que la habitan, y me transporta a otra época, creo haber encontrado un tesoro. Esto me ha sucedido con «La cajita de rapé», de Javier Alonso García-Pozuelo."
 

Pero qué locura de libros. Concha Yunta y Pepa Muñoz

"Deseamos nuevas aventuras y desventuras del inspector Benítez, en ese Madrid tan nuestro. ¡Nos ha encantado!".
 

RESEÑAS de LA CAJITA DE RAPÉ:

Calibre 38. Manu López Marañón

"Memorable debut literario".
 

Anika entre libros. Ana G. Aranda

"El libro es magnífico. Destacaría especialmente el gran trabajo de documentación, la brillante trama policíaca, el cambio de registro dependiendo de la condición social de cada personaje y el repaso histórico de una de las épocas más violentas y complicadas de este "bendito" país".

Nadie es inocente. José Javier Abasolo

"A destacar la minuciosa descripción que hace el autor del Madrid de mediados del siglo XIX y una trama policial que mantiene intrigado constantemente al lector".

Galakia. Begoña Caballero Sagardia

"[...] además de una exhaustiva documentación histórica, una trama que engancha y unos personajes tan bien perfilados que no defraudan en absoluto".

El sillón de orejas. Alberto Pasamontes

"Esta ciudad se merecía un personaje así".
 

La librería de Javier. Francisco Javier Rodríguez Álvarez

"La cajita de rapé es una absorbente novela negra costumbrista del Madrid convulso de Isabel II que una vez empezada no puede dejarse de leer".
 

LA CAJITA DE RAPÉ (Sinopsis)
Javier Alonso García-Pozuelo
España, 1861. Tras un cuarto de siglo como policía, José María Benítez, al frente de la comisaría de La Latina, ve al alcance de su mano el prestigioso puesto de inspector jefe de Madrid. Sin embargo, sus ambiciones personales quedan relegadas cuando en la casa de los Ribalter, una adinerada familia de su distrito, aparece muerta una criada. El crimen, que en un principio parece explicarse por un móvil económico, se complica cuando, en el transcurso de la investigación, comienzan a aflorar secretos familiares que vienen de muy lejos, de la isla de Cuba, donde el señor Ribalter amasó su fortuna.

Mientras Benítez y Ortega, su nuevo ayudante, un joven abogado malagueño sin experiencia policial, tratan de esclarecer este caso, que se complica a pasos agigantados, Madrid vive expectante la inminente apertura de Cortes. La ilusión de unidad con la que se ha combatido al imperio marroquí se desvanece y en la Unión Liberal, liderada por el general O’Donnell, comienzan a sonar las primeras voces disidentes a raíz de la conducta del Gobierno con los campesinos andaluces condenados por la sublevación de Loja.

A lo largo de la investigación del que
fue conocido en la prensa de la época como el caso de las Alcarreñas, el inspector Benítez tendrá que enfrentarse a sus demonios personales y poner a prueba su integridad ante la cara más miserable del poder.



es licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid, y diplomado en Cooperación Internacional por la Universidad Complutense de Madrid. Ha ejercido durante más de una década como profesor de salud pública, epidemiología y educación sanitaria, además de trabajar como redactor, corrector y editor de textos científicos. Compagina su actividad docente en la academia AMIR con su pasión por la literatura, la historia (mantiene desde hace años Cita en la Glorieta, blog colaborativo de historia y literatura) y la música, llevando a los escenarios sus propias canciones en solitario o acompañado de una pequeña banda acústica. El 28 de ebrero de 2017 ha publicado con Ediciones MAEVA, La cajita de rapé, una novela policíaca ambientada en el Madrid de Isabel II.

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